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Tópico: Cómo se contabiliza una factura de otro mes por sustitución?
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Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Abril 04, 2019 12:00:09 Asunto: Re: Cómo se contabiliza una factura de otro mes por sustitución?
Muchísimas gracias CP_PACO, agradezco tu apoyo para aclarar esta duda.
Tópico: Cómo se contabiliza una factura de otro mes por sustitución?
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Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Abril 03, 2019 17:35:55 Asunto: Cómo se contabiliza una factura de otro mes por sustitución?
Buen día, compañeros. Una duda con una factura que emitió un proveedor ahora el 30 de marzo del presente, por error no revisé la factura, y solicité la corrección, pero con fecha de Abril el proveedor me emitió la factura correctamente por sustitución de cfdi de marzo, con su respectivo Recibo de pago, pero el recibo de pago, igual menciona el pago de la nueva factura de Abril. Al momento de contabilizar ahora en Marzo, es correcto que tome en cuenta el cfdi de abril para el pasivo. Esa sería mi duda porque la otra factura ya se cancelo. Gracias por su atención.
Tópico: Duda en registro contable de Pagos realizados a Proveedor?
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Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Marzo 20, 2019 17:58:08 Asunto: Re: Duda en registro contable de Pagos realizados a Proveedor?
Gracias por sus respuestas compañeros. Todo se paga y se salda dentro del mes. Si se consideraría como un anticipo, porque se van dando pagos o abonos, pero hasta el fin de mes es cuando el proveedor factura y nos da todo, los REP y la factura. Pero como también dentro del plazo para el registro que tenemos considerado según la resolución miscelanea I.2.8.9 dentro del mes siguiente a la fecha en que se realicen las actividades respectivas, la operación queda registrada dentro del mes y por eso lo manejamos así, y no como anticipos, registramos la operación dentro del mes. Gracias por su atención.
Tópico: Duda en registro contable de Pagos realizados a Proveedor?
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Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Marzo 20, 2019 14:29:53 Asunto: Duda en registro contable de Pagos realizados a Proveedor?
Buen día compañeros. Una duda de como debe ser el registro correcto de pagos realizados a un proveedor. Durante el mes realizamos pagos a diario a un proveedor. Este me factura al final del mes, y me emite un complemento de pago por todos los pagos que realizamos. Actualmente el registro contable lo hacemos con el REP, al final del mes registrando cada uno de los pagos realizados, con fecha de fin de mes, directamente. Cargo al proveedor Cargo al iva acreditable pagado. Abono a Bancos por cada pago Abono al iva por acreditar. Pero mi duda es si es correcto, o bien tendría que hacer una póliza diaria, pero en este caso el registro sería: Cargo a Deudores Abono a Bancos. y al final del mes con el REP, en vez de abonar al banco sería a Deudores. Agradezco sus comentarios.
Tópico: Duda con nomina timbrada en cero?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 13, 2019 14:13:27 Asunto: Re: Duda con nomina timbrada en cero?
Gracias Compañeros, les agradezco su aportación, me fue de mucha utilidad. Muchísimas gracias.
Tópico: Duda con nomina timbrada en cero?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 09, 2019 13:26:49 Asunto: Duda con nomina timbrada en cero?
Buenos días compañeros, una duda con un empleado que no está laborando y se tiene dado de alta en la Empresa. Les comento, este trabajador esta en un proceso de liquidación, demandó y nos solicitaron no darlo de baja de inmediato, si no esperar para ver como se resuelve en la junta de conciliación, si se llega a un arreglo. Mientras tanto ahora con el bimestre, éste trabajador tiene amortización de casi $ 5,000 pesos mensuales de amortización, se esta pagando sus amortizaciones al infonavit, lo cual es un ingreso para el trabajador, pero en nómina sale en cero, sin ningún ingreso, es decir, las nóminas totalmente en cero y dado el caso no las timbra el sistema, porque no hay nada que timbrar, y legalmente no hay problema porque el empleado esta asegurado, pero no hay ingreso ni deducción. Mi duda es que éstas diferencias se están mandando a no deducible, ¿Puedo generarle éste ingreso al trabajador, quitarle el subsidio, solamente considerarle el ingreso de la amortización, para mandar el ingreso al gasto? ¿Consideran que habría algún problema si timbro la nómina con ingreso - deducción = cero?, porque pues los ingresos no pueden ser iguales a las deducciones, pero dado la situación en este caso pues sí aplica. Agradeceré sus comentarios.
Tópico: Duda en CONSTANCIA de retenciones de isr e iva en recibos de arrendamiento?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 08, 2019 13:57:18 Asunto: Re: Duda en CONSTANCIA de retenciones de isr e iva en recibos de arrendamiento?
Disculpen me equivoqué en el artículo, Fundamento legal: Artículo 1.13 del Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre del 2013. Y al parecer sigue siendo la constancia simple 37-A la que me están solicitando. Muchas gracias Jessica te agradezco porque con esto se cuenta con mas fundamento legal para aclararlo con nuestros acreedores. Gracias. [i]Editado: Marzo 08, 2019 14:00:30[/i]
Tópico: Duda en CONSTANCIA de retenciones de isr e iva en recibos de arrendamiento?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 08, 2019 12:06:09 Asunto: Duda en CONSTANCIA de retenciones de isr e iva en recibos de arrendamiento?
Compañeros, buenos días, disculpen la duda. Un Acreedor, que nos emite cfdi por recibos de arrendamiento que le pagamos por renta de un local es persona física, me está solicitando la constancias de retenciones, sin embargo de acuerdo a la Ley de ingresos de la Federación para el 2018 en su artículo 16 fracción XII inciso A nos indica lo siguiente: Las personas morales obligadas a efectuar la retención del impuesto sobre la renta y del impuesto al valor agregado….[b] podrán optar por no proporcionar la constancia de retención[/b] a que se refieren dichos preceptos, siempre que la persona física que preste los servicios profesionales o haya otorgado el uso o goce temporal de bienes, le expida un Comprobante Fiscal Digital por Internet que cumpla con los requisitos a que se refieren los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y en el comprobante se señale expresamente el monto del impuesto retenido. Mi duda es si, el acreedor me la está solicitando, continúa siendo el formato simple 37-A ó tendría que emitir un cfdi por dichas retenciones, agradeceré sus comentarios, gracias.
Tópico: Inconsistencias en nóminas en quincenas de 16 días y nóminas semanales?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 06, 2019 13:08:24 Asunto: Re: Inconsistencias en nóminas en quincenas de 16 días y nóminas semanales?
Gracias Allende, tomaré el tutorial, te agradezco.
Tópico: Inconsistencias en nóminas en quincenas de 16 días y nóminas semanales?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 01, 2019 17:49:35 Asunto: Inconsistencias en nóminas en quincenas de 16 días y nóminas semanales?
Buenas tardes, compañeros, una duda. Ahora con las carta invitación del sat sobre incosistencias en los recibos de nómina, de trabajadores quincenales que se les paga 16 días en algunos meses, y 13 en Febrero, la incosistencias que nos llegó en el sat, es porque el sat aplica la tabla mensual independientemente de los días que se paguen, sobre ésto el sat considera el subsidio según tablas que le cálculo dicha tabla mensual. Sin embargo, esa es mi duda, en el nomipaq la tabla esta a que si te pagan 16 días aplica la proporción de las tablas, igual en 13 días, o si son semanales 7 días, por lo tanto el subsidio según tablas no es el mismo calculado por el sat y he ahí las diferencias de subsidio entregado de más, o bien isr no retenido, cuando se debería retener. El sat realizó el cálculo anual de la siguiente manera: INGRESOS GRAVADOS. Aplicó la Tabla anual. =Impuesto a Cargo -Subsidio según tablas (pero éste subsidio causado no fue el que determinó el nomipaq en cada nómina con sus tablas, si no el que el sat determinó usando las tablas mensuales de Subsidio y de Isr) = Isr a Cargo En mi opinión y de acuerdo a el cálculo determinado por el sat, les comento que el sat proporciona la tabla Mensual de subsidio, y sobre ésta en sistemas de nómina se hace un cálculo para determinar diaria, y luego por los días de nómina, pero el sat, cálcula todo sobre ésta tabla mensual de subsidio que proporciona como única, de tal manera que hace el cálculo con todos los ingresos que recibió el trabajador en el mes, sean semanal, quincenal, decenal, pero la tabla que utiliza para el subsidio causado, es la mensual, no proporcional que tiene el nomipaq. Entonces en el año, se hace el cálculo anual en el nomipaq y me sale que es cero a retener en el trabajador, pero de acuerdo a como el sat hizo el cálculo determinó dichas diferencias. Mi duda es como puedo hacer para que el nomipaq me calcule sobre la tabla mensual, y no sobre tabla proporcional, si alguien sabe. Gracias por su ayuda. [i]Editado: Marzo 01, 2019 17:52:33[/i]

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