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Tópico: PERSONA FISICA ACTIV EMPRESARIAL QUE REBASA LOS 2 MILLONES DE INGRESOS EN 2016
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 27, 2017 11:51:59 Asunto: Re: PERSONA FISICA ACTIV EMPRESARIAL QUE REBASA LOS 2 MILLONES DE INGRESOS EN 2016
Buenos días. Aquí estan las reglas que necesitas. “Mis cuentas” [b][color=blue]2.8.1.5.[/color][/b] Para los efectos del artículo 28, fracción III del CFF, los contribuyentes del RIF, así como las personas físicas con actividad empresarial y profesional que tributen conforme al Título IV, Capítulo II, Sección I de la Ley del ISR, cuyos ingresos del ejercicio de que se trate no excedan de $2’000,000.00 (dos millones de pesos 00/100 M.N.), deberán ingresar a la aplicación electrónica “Mis cuentas”, disponible a través del Portal del SAT, para lo cual deberán utilizar su clave en el RFC y Contraseña. [color=blue][b]Los contribuyentes personas físicas que hubieren percibido en el ejercicio inmediato anterior ingresos en una cantidad igual o menor a $4'000,000.00 (cuatro millones de pesos 00/100 M.N.) [/b][/color]o que se inscriban en el RFC, en el ejercicio 2017 y estimen que sus ingresos no rebasarán la citada cantidad, así como las Asociaciones Religiosas del Título III de la Ley del ISR [b][color=blue]podrán optar por utilizar la aplicación de referencia.[/color] [/b] Opción para utilizar “Mis cuentas” [b][color=blue]2.8.1.19. [/color][/b]Para efectos del artículo 28, fracciones III y IV del CFF, los contribuyentes personas físicas que opten por utilizar la herramienta de “Mis cuentas”, conforme a las reglas 2.8.1.5. y 2.8.1.20., para estar exceptuados de llevar e ingresar de forma mensual su contabilidad electrónica a través del Portal del SAT, en términos de las reglas 2.8.1.6. y 2.8.1.7.[b],[color=blue] deberán ejercer dicha opción a través de la presentación de un caso de aclaración en el Portal del SAT.[/color][/b] Lo dispuesto en esta regla será aplicable siempre y cuando los contribuyentes mencionados en el párrafo anterior no se hubieran encontrado obligados a llevar e ingresar su contabilidad electrónica en el Portal del SAT a partir del 1 de enero de 2015, por haber obtenido ingresos acumulables superiores a $4’000,000.00 (cuatro millones de pesos 00/100 M.N.) durante el ejercicio de 2013, o bien, que en 2014, 2015 o 2016 hayan excedido el citado monto. Las Asociaciones Religiosas, podrán ejercer lo dispuesto en el primer párrafo de esta regla, sin importar el monto de los ingresos que perciban. El caso de aclaración a que se refiere el primer párrafo de esta regla,[color=blue][b] deberá presentarse a más tardar el último día del mes de febrero de 2017,[/b] [/color]en caso de que los contribuyentes se inscriban o reanuden actividades en el RFC con posterioridad a dicha fecha, deberán presentar el caso de aclaración dentro del mes siguiente contado a partir de la fecha en que realice su inscripción o reanudación en el RFC, siempre y cuando no hayan estado obligados a enviar al SAT su contabilidad. Transitorios Décimo Primero. El aviso presentado durante el ejercicio fiscal 2016 por los contribuyentes a que se refiere la regla 2.8.1.19., de la RMF vigente hasta el 31 de diciembre de 2016, mediante el cual ejercieron la opción para utilizar “Mis cuentas” seguirá vigente para el ejercicio fiscal 2017. Espero te sirva la información. Saludos
Tópico: complemento 1.2 nomipaq versión 9.01
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Mensaje Foro: Software Enviado: Enero 05, 2017 08:09:11 Asunto: Re: complemento 1.2 nomipaq versión 9.01
Te dejo este link de Contpaq. https://www.contpaqi.com/CONTPAQi/index.aspx Saludos
Tópico: complemento 1.2 nomipaq versión 9.01
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Mensaje Foro: Software Enviado: Enero 05, 2017 07:58:44 Asunto: Re: complemento 1.2 nomipaq versión 9.01
Buenos días. Contpaq sacará la versión 9.1.0 de Nóminas en la cual ya se podrá hacer el cambio al complemento 1.2, hasta ahorita aun no han liberado esa versión Contpaq, estamos en espera para poder hacer ya las nóminas con el nuevo complemento 1.2. Saludos y excelente Año. LCP Jorge A. Navarro Glez.
Tópico: subsidio al empleo vs isr en RIF
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 29, 2016 08:04:11 Asunto: Re: subsidio al empleo vs isr en RIF
Buenos días. Tal como lo comentas en la aplicación MIS CUENTAS no hay la opción de aplicar ningún acreditamiento o compensación contra los impuestos que resultan a cargo, y en consulta al SAT me comentaron que para poder aplicar algún acreditamiento o compensación se presente la declaración a través des sistema de Declaraciones y Pagos para poder efectuar el acreditamiento o compensación. Espero que esta información te sea de utilidad. Saludos y excelente día.
Tópico: PERSONAS FISICAS CON ACTIVIDAD EMPRESARIAL PUEDEN USAR 'MIS CUENTAS'
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 23, 2016 12:24:07 Asunto: Re: PERSONAS FISICAS CON ACTIVIDAD EMPRESARIAL PUEDEN USAR 'MIS CUENTAS'
Buenos días compañeros. Yo realicé consulta telefónica en el SAT y me comentaron que una persona física que tributa en el Régimen de Actividad Empresarial y Profesional, [b]SI[/b] puede optar por utilizar el sistema de Registro MIS CUENTAS, pero siempre y cuando sus ingresos no excedan de los $2'000,000.00 que nos menciona la citada regla 2.8.1.6 Y sobre el registro de ingresos y gastos, me comentaron lo mismo a lo que ya se mencionó, que únicamente se deben registrar aquellos ingresos o gastos por los que no se haya expedido un CFDI, de lo contrario se estarían duplicando los ingresos o gastos. Saludos cordiales
Tópico: RIF cambios para 2016
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 05, 2016 16:02:12 Asunto: Re: RIF cambios para 2016
Buenas tardes. Hay una regla en la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016 que da la opción de poder deducir los pagos en efectivo por concepto de gasolina cuando sean iguales o menores a $ 2,000.00 Opción para realizar el pago en efectivo por la adquisición de gasolina para los contribuyentes que tributan en el RIF 3.13.2. Para los efectos de los artículos 111, quinto párrafo y 112, fracción V en relación con el artículo 27, fracción III, segundo párrafo de la Ley del ISR, los contribuyentes que tributen en el Título IV, Capítulo II, Sección II de la citada Ley, podrán efectuar la deducción de las erogaciones pagadas en efectivo cuyo monto sea igual o inferior a $2,000.00 (Dos mil pesos 00/100 M.N.), por la adquisición de combustible para vehículos marítimos, aéreos y terrestres que utilicen para realizar su actividad, siempre que dichas operaciones estén amparadas con el CFDI correspondiente, por cada adquisición realizada. Este beneficio ya estaba desde 2015. Saludos
Tópico: RIF cambios para 2016
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 05, 2016 16:01:47 Asunto: Re: RIF cambios para 2016
Buenas tardes. Hay una regla en la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016 que da la opción de poder deducir los pagos en efectivo por concepto de gasolina cuando sean iguales o menores a $ 2,000.00 Opción para realizar el pago en efectivo por la adquisición de gasolina para los contribuyentes que tributan en el RIF 3.13.2. Para los efectos de los artículos 111, quinto párrafo y 112, fracción V en relación con el artículo 27, fracción III, segundo párrafo de la Ley del ISR, los contribuyentes que tributen en el Título IV, Capítulo II, Sección II de la citada Ley, podrán efectuar la deducción de las erogaciones pagadas en efectivo cuyo monto sea igual o inferior a $2,000.00 (Dos mil pesos 00/100 M.N.), por la adquisición de combustible para vehículos marítimos, aéreos y terrestres que utilicen para realizar su actividad, siempre que dichas operaciones estén amparadas con el CFDI correspondiente, por cada adquisición realizada. Este beneficio ya estaba desde 2015. Saludos
Tópico: carga batch para multi-ieps 2014
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 20, 2014 09:57:36 Asunto: Re: carga batch para multi-ieps 2014
Perdón, mi correo es caras_jorge@hotmail.com Gracias nuevamente RE: CARGA BATCH PARA MULTI-IEPS 2014 Buenos días. Serían tan amables de enviarme la carga batch de este programa para el anexo 1 por favor. Muchas gracias de antemano por su apoyo. Que tengan un excelente día. Saludos
Tópico: carga batch para multi-ieps 2014
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 20, 2014 09:56:41 Asunto: Re: carga batch para multi-ieps 2014
Buenos días. Serían tan amables de enviarme la carga batch de este programa para el anexo 1 por favor. Muchas gracias de antemano por su apoyo. Que tengan un excelente día. Saludos
Tópico: Hasta luego, CHAVALÓN
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 20, 2014 09:51:22 Asunto: Re: Hasta luego, CHAVALÓN
Chavalón, te vamos a extrañar, pero igual te vamos a recordar como un excelente compañero y amigo, descansa en Paz estimado amigo. Mi más sentido pésame para su familia y pronta resignación. LCP. Jorge Alberto Navarro González

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