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Tópico: ¿SE PAGA ACTUALIZACION Y RECARGOS AL COMPENSAR UN SALDO A FAVOR?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 18, 2010 09:16:16 Asunto: Re: ¿SE PAGA ACTUALIZACION Y RECARGOS AL COMPENSAR UN SALDO A FAVOR?
Buen día. ¿Queeeeeeeeé? Por favor, ¿que no se causan recargos por pagos extemporaneos?. [b]Art. 21 del Código Fiscal de la Federación.[/b] Cuando no se cubran las contribuciones o los aprovechamientos en la fecha o dentro del plazo fijado por las disposiciones fiscales, su monto se actualizará desde el mes en que debió hacerse el pago y hasta que el mismo se efectúe, [color=blue][b]además deberán pagarse recargos en concepto de indemnización al fisco federal por la falta de pago oportuno.[/b][/color] Dichos recargos se calcularán aplicando al monto de las contribuciones o de los aprovechamientos actualizados por el periodo a que se refiere este párrafo, la tasa que resulte de sumar las aplicables en cada año para cada uno de los meses transcurridos en el periodo de actualización de la contribución o aprovechamiento de que se trate. Independientemente de que de forma en como se vaya a cubrir dicha contribución (ya sea mediante pago o compensando algún impuesto a favor), por supuesto que se le tiene que calcular actualización y recargos a dicha contribución. Y el saldo a favor que se va a compensar se actualiza desde el mes en se realizó el pago de lo indebido o se presentó la declaración que contenga el saldo a favor, y si se puede aplicar contra las contribuciones y sus accesorios. Fundamento legal Art. 23 CFF Saludos
Tópico: Nuevo Listado de Conceptos del IETU 2010
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 13, 2010 10:31:08 Asunto: Re: Nuevo Listado de Conceptos del IETU 2010
Buenos días compañeros foristas. Como comenta jesusmauri, a mi también me resultó el mismo error con los acumulados. A esperar una nueva versión o corrección de esta. Saludos
Tópico: Nuevos FORMATOs 7 Y 7A
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 21, 2009 11:14:12 Asunto: Re: Nuevos FORMATOs 7 Y 7A
Buenos días Adrián. En sí los anexos 7 y 7A en papel no existen, en la página del SAT te menciona que son en el programa electrónico. Estosa anexos te los genera el programa F3241, del cual debes anexar a tu solicitud de devolución (Formato 32), el archivo que generas en dicho programa debidamente llenado, ahí puedes imprimir esos formatos despues de haberlo llenado y presentarlas junto con los demás documentos, pero si me parece extraño que te lo hayan rechazado, a menos que no hayas presentado el archivo del programa F3241. Yo acabo de presentar algunos el día de ayer incluyendo impresos dichos anexos, y esos anexos me los regresaron, no se quedaron con ellos. Espero te sirva esta información. Saludos
Tópico: Solicitud de devolucion Formato 32 Editable
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 19, 2009 10:21:41 Asunto: Re: Solicitud de devolucion Formato 32 Editable
Buenos días. Aquí encuentran los nuevos formatos editables 32 y 41. http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacion_fiscal/formatos_fiscales/82_12341.html Saludos
Tópico: Nuevos Formatos 32 y 41 Disponibles
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 18, 2009 12:37:01 Asunto: Nuevos Formatos 32 y 41 Disponibles
Buenas tardes compañeros. Ya estan disponibles en la página del SAT los nuevos formatos 32 y 41 editables. Saludos
Tópico: DEVOLUCION DE IDE
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 21, 2009 12:54:31 Asunto: Re: DEVOLUCION DE IDE
Buenas tardes. Debes presentar la solicitud de Devolución del IDE a favor del ejercicio 2008 en la Administración Local que te corresponda, y anexar la siguiente documentación: 1.- Formato 32 Solicitud de Devolución debidamente llenado 2.- Declaración Anual 2008 en donde se manifiesta el saldo a favor del IDE 3.- Constancias de retención mensuales del IDE de la institución bancaria Si es de Banorte anexar copia de todo el estado de cuenta del mes o los meses que te retuvieron 4.- Identificación oficial del contribuyente o representante legal (original y copia) 5.- Poder del representante legal (en su caso si es P. Moral) 6.- Carátula del estado de cuenta bancario donde conste la CLABE bancaria para que te hagan el depósito 7.- Archivo generado en el programa F3241 ( en CD) 8.- Contar con FIEL vigente en cualquier caso si es P. Moral P. Físicas cuando el saldo a favor solicitado sea superior a $ 10,000.00 Nada más eso, y esperar a ver si la autorizan o solicitan alguna otra información. Saludos
Tópico: PROBLEMAS DECLARACIONES EN CEROS O ESTADISTICAS
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Mensaje Foro: Software Enviado: Julio 17, 2009 09:52:58 Asunto: Re: PROBLEMAS DECLARACIONES EN CEROS O ESTADISTICAS
Buen día. El día de ayer tuve el mismo problema, hoy entre y ya funcionó normal, ya pude enviar las estadísticas. Saludos
Tópico: INFONAVIT cambió Factor Retención de crédito
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 13, 2009 13:45:53 Asunto: Re: INFONAVIT cambió Factor Retención de crédito
Muy bien. Hay que checar si cotizaba con otro patrón esos 2 años que no estuvo en la empresa y llamar al Infonavit para ver que nos comentan. Te agradezco tus comentarios. Saludos
Tópico: INFONAVIT cambió Factor Retención de crédito
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 13, 2009 12:35:31 Asunto: Re: INFONAVIT cambió Factor Retención de crédito
Hola buenas tardes. Gracias por la información Verónica. Checando la información que tan amablemente nos proporciona, entiendo que para que se dé dicha revisión y modificación del factor de descuento, deben existir varias condicionantes: 1.- Que el crédito (o el trámite) se haya iniciado a partir del 1 de Febrero de 2008. 2.- Que haya recibido el trabajador un incremento en su salario con respecto al semestre anterior. El crédito de este trabajador se dió en Agosto de 2006, con un salario diario integrado de $144.00, señalandonos el Infonavit un facotr de descuento de 24.135 VSM en el aviso de descuento respectivo. El trabajador renunció al empleo el 15 de Octubre de 2006. Reingreso a la empresa el 6 de Mayo de 2008 con un salario diario integrado de $65.00, el cual no ha sido modificado hasta el día de hoy, por lo que no se da ninguna de las 2 condicionantes para que aplique la revisión y modificación del factor de retención. ¿Estoy en lo correcto?. Les agradezco sus comentarios Saludos
Tópico: INFONAVIT cambió Factor Retención de crédito
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 11, 2009 09:10:30 Asunto: Re: INFONAVIT cambió Factor Retención de crédito
Gracias Lic. Saludos

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