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Autor | Mensaje |
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Tópico: calculo del impuesto a retener por concepto de ptu, conforme al art. 142 RLISR | |
LC.GONZALEZ Mensajes: 4 |
Foro: Fiscal Enviado: Agosto 31, 2010 09:19:54 Asunto: Re: calculo del impuesto a retener por concepto de ptu, conforme al art. 142 RLISR |
hola realmente es dificil entender que te genera duda quizas si nos pones los num te podamos apoyar mejor salu2 | |
Tópico: Presentar complementaria de una compensacion como resultado de la Complementaria por Dictamen con saldo a favor | |
LC.GONZALEZ Mensajes: 6 |
Foro: Fiscal Enviado: Agosto 31, 2010 08:22:27 Asunto: Re: Presentar complementaria de una compensacion como resultado de la Complementaria por Dictamen con saldo a favor |
Que tal en efecto es compensacion complementaria pero no como lo planteas Complementaria por dictamen Impuesto a cargo del ejercicio $ 995,000 compensacion $ 995,000 Impuesto pagado con anterioridad ( 0 ) ( solo se toma lo que efectivamente salio de bancos) cantidad a cargo o a favor ( 0 ) NOTA :tu saldo a favor sera el remanente de IVA SALU2 | |
Tópico: REQUERIMIENTO EROGACIONES ESTADO DE MEXICO | |
LC.GONZALEZ Mensajes: 5 |
Foro: Fiscal Enviado: Agosto 27, 2010 14:54:05 Asunto: Re: REQUERIMIENTO EROGACIONES ESTADO DE MEXICO |
ok en apertura de sucursales ah otros estados se tiene q realizar otra alta patronal las altas patronales son por estado asi te evitas de estar tramitando las autorizaciones permanentes salu2 y buen fin de semana | |
Tópico: CONSIDERACION DE DEDUCCIONES | |
LC.GONZALEZ Mensajes: 9 |
Foro: Fiscal Enviado: Agosto 27, 2010 14:50:18 Asunto: Re: CONSIDERACION DE DEDUCCIONES |
ok, entonces ya tenian considerado no hacer deducible el gasto por salarios ( o no registraslos) como lo comenta el colega no hay especificacion de quien tenga q pagar los salarios , incluso se puede contratar a un tercero y el principal seguir elaborando los pagos al imss salu2 y hable con el auditor, quizas pueda areglar esto en la ultima acta ahh y es buena oportunidad para hacerle ver al cliente los problemas que se causa por ese movimiento | |
Tópico: CONSIDERACION DE DEDUCCIONES | |
LC.GONZALEZ Mensajes: 9 |
Foro: Fiscal Enviado: Agosto 27, 2010 13:28:16 Asunto: Re: CONSIDERACION DE DEDUCCIONES |
q tal parece q tienes un caso de doble contabilidad por q mejor no nos explicas como las pretendian hacer deducibles? o como es que estaban integrados esos sueldos a la contabilidad de la empresa? sacaban un ch a nombre el propietario? o definitivamente no los incluian en contabilidad? salu2 | |
Tópico: DIFERENCIAS EN PAGOS IMSS | |
LC.GONZALEZ Mensajes: 8 |
Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 27, 2010 09:44:53 Asunto: Re: DIFERENCIAS EN PAGOS IMSS |
q tal no te compliques tanto, inStala el sua en otra maquina da de alta solo a ese trabajador y genera el pago extemporanero salu2 [i]Editado: Agosto 27, 2010 09:49:33[/i] | |
Tópico: REQUERIMIENTO EROGACIONES ESTADO DE MEXICO | |
LC.GONZALEZ Mensajes: 5 |
Foro: Fiscal Enviado: Agosto 27, 2010 08:33:53 Asunto: Re: REQUERIMIENTO EROGACIONES ESTADO DE MEXICO |
hola El pago de 2% sobre nominas corresponde al lugar en donde se paga la nomina no me refiero al lugar en donde haces la transferencia, si no al lugar en donde se realizo el trabajo y regularmente es en donde reside el trabajador salu2 | |
Tópico: DONATIVOS AMPARADOS COMPROBANTE DIGITAL | |
LC.GONZALEZ Mensajes: 2 |
Foro: Fiscal Enviado: Agosto 25, 2010 12:08:11 Asunto: Re: DONATIVOS AMPARADOS COMPROBANTE DIGITAL |
Q tal quizas tu busqueda deberia ser ¿que te exenta de emitir comprobantes fiscales digitales? en base al fundamento que tuviste para emitir los requisitos en tus comprobantes por donativos en el año 2010 ahora busca esos mismos fundamentos en la reforma para 2011 y tendras tu respuesta salu2 [i]Editado: Agosto 25, 2010 12:09:12[/i] | |
Tópico: las multas y su forma de pago | |
LC.GONZALEZ Mensajes: 3 |
Foro: Fiscal Enviado: Agosto 23, 2010 22:39:23 Asunto: Re: las multas y su forma de pago |
hola perdon nos estas avisando? pues no he para nada veamos el primer parrafo del art 23 CFF Los contribuyentes obligados a pagar mediante declaración podrán optar por compensar las cantidades que tengan a su favor contra las que estén obligados a pagar por adeudo propio o por retención a terceros, [color=red]siempre que ambas deriven de impuestos federales [/color]distintos de los que se causen con motivo de la importación, los administre la misma autoridad y no tengan destino específico, incluyendo sus accesorios. Al efecto, bastará que efectúen la compensación de dichas cantidades actualizadas, conforme a lo previsto en el artículo 17-A de este Código, desde el mes en que se realizó el pago de lo indebido o se presentó la declaración que contenga el saldo a favor, hasta aquel en que la compensación se realice. Los contribuyentes presentarán el aviso de compensación, dentro de los cinco días siguientes a aquél en el que la misma se haya efectuado, acompañado de la documentación que al efecto se solicite en la forma oficial que para estos efectos se publique. Las multas no son impuestos, asi q no se puede realizar dicha compensacion salu2 | |
Tópico: Alta empresa en imss sin trabajadores | |
LC.GONZALEZ Mensajes: 9 |
Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 21, 2010 09:08:25 Asunto: Re: Alta empresa en imss sin trabajadores |
Que tal en efecto no deberia pero si se puede bajo el nuevo esquema de afiliacion patronal el IMSS en un solo procedimiento otorga la alta patronal y el certificado digital sin necesidad de dar un alta de trabajador salu2 |
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