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Tópico: Comisionistas y Asalariado?
LC.GONZALEZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 06, 2010 12:00:29 Asunto: Re: Comisionistas y Asalariado?
pero a donde se fue el autor no se desanime [quote]Facilidades administrativas Título 2. Sector de Autotransporte Terrestre de Carga Federal Retención del ISR a operadores, macheteros y maniobristas 2.1. Los contribuyentes dedicados a la actividad de autotransporte terrestre de carga federal, que cumplan con sus obligaciones fiscales en los términos del Título II, Capítulo VII o del Título IV, Capítulo II, Secciones I o II de la Ley del ISR, para los efectos del cumplimiento de las obligaciones fiscales en materia de retenciones del ISR por los pagos efectuados a sus trabajadores, en lugar de aplicar las disposiciones correspondientes al pago de salarios, podrán enterar el 7.5 por ciento por concepto de retenciones del ISR, correspondiente a los pagos realizados a operadores, macheteros y maniobristas, de acuerdo al convenio que tengan celebrado con el Instituto Mexicano del Seguro Social, para el cálculo de las aportaciones de dichos trabajadores, en cuyo caso, sólo deberán elaborar una relación individualizada de dicho personal que indique el monto de las cantidades que les son pagadas en el periodo de que se trate. Por lo que se refiere a los pagos realizados a los trabajadores distintos de los señalados en esta regla, se estará a lo dispuesto en la Ley del ISR. Los contribuyentes que opten por aplicar la facilidad a que se refiere esta regla, por el ejercicio fiscal de 2010 estarán relevados de cumplir con la obligación de presentar declaración informativa por los pagos realizados a los trabajadores por los que ejerzan dicha opción, de conformidad con el artículo 118, fracción V de la Ley del ISR, siempre que, a más tardar el 15 de febrero de 2011, presenten en lugar de dicha declaración, la relación individualizada a que se refiere el primer párrafo de esta regla.[/quote] q opina?? salu2
Tópico: En Honorarios, deducibilidad de comprobantes expirados
LC.GONZALEZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 06, 2010 08:28:00 Asunto: Re: En Honorarios, deducibilidad de comprobantes expirados
que tal RMF2010 Fecha de impresión y numeración de los comprobantes fiscales I.2.10.17. Para los efectos del artículo 29-A, fracción Vlll y antepenúltimo párrafo del CFF, se estará a lo siguiente: I. [b]Se podrá optar por considerar únicamente el mes y año, como fecha de impresión -sin incluir el día- en el entendido de que el plazo de vigencia se calculará a partir del primer día del mes que se imprima en el comprobante.[/b] II La numeración de los comprobantes continuará siendo consecutiva, considerando inclusive los comprobantes cancelados al término de su vigencia. salu2
Tópico: EL IETU, ISR E IDE EL ACREDITAMIENTO
LC.GONZALEZ

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 06, 2010 08:14:35 Asunto: Re: EL IETU, ISR E IDE EL ACREDITAMIENTO
q tal hay tantas variantes que se te pueden presentar en esta pag ve a los casos practicos salu2 [url]http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacion_fiscal/declaracion_anual/150_17951.html[/url]
Tópico: CORRECCION DE DIOT
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 05, 2010 22:53:40 Asunto: Re: CORRECCION DE DIOT
Claro enrique por las fechas crei q ya habia presentado todo hasta mayo pero en fin ya vimos q solo era error de planteamiento y por eso mismo se termino respondiendo solo salu2
Tópico: Retencion de ISR en pago extraordinario a un asalariado.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 05, 2010 15:40:16 Asunto: Re: Retencion de ISR en pago extraordinario a un asalariado.
Q tal depende el concepto real de esa compensacion entra en el 109 LISR? SALU2
Tópico: Compensacion Ietu Anual 2009 Vs Ietu Mensual 2010
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 05, 2010 13:27:38 Asunto: Re: Compensacion Ietu Anual 2009 Vs Ietu Mensual 2010
q tal se refiere a tus calculos en excel ( si es que los determinas por ese programa) en el que determines el calculo anual, y obviamente ya vienen incluidos los acreditamientos si es que los hubieron salu2 [i]Editado: Julio 05, 2010 15:22:18[/i]
Tópico: CORRECCION DE DIOT
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 05, 2010 12:26:49 Asunto: Re: CORRECCION DE DIOT
Hola de hecho serian dos complementarias abril y mayo salu2
Tópico: SOCIEDAD CONYUGAL, PUEDEN PRESENTAR DECLARACIONES CADA UNO.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 05, 2010 12:17:18 Asunto: Re: SOCIEDAD CONYUGAL, PUEDEN PRESENTAR DECLARACIONES CADA UNO.
hola mmmm t hace falta investigar mucho [url]https://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&sop=verTopico&idTema=30454&idCat=10&p=1#171314[/url] si despues de leer todo el fundamento tienes dudas en calculos, aqui lo vemos salu2 [i]Editado: Julio 05, 2010 12:17:41[/i]
Tópico: Duda Iva trasladado
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 03, 2010 15:04:58 Asunto: Re: Duda Iva trasladado
de nada pero de verdad considero q ya el flete es otra operacion hasta luego
Tópico: Duda Iva trasladado
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 03, 2010 14:41:34 Asunto: Re: Duda Iva trasladado
[quote]Como llega a esa conclusion??? Compartanosla si es tan amable [/quote] claro contador de aqui [quote]y la mercancia yo la entrego a la fletera para que le entrege en su domicilio. [/quote] salu2

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