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Autor | Mensaje |
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Tópico: societe generale de surveillance s.a "SGS" | |
ezuniga Mensajes: 6 |
Foro: Comercio Exterior Enviado: Enero 18, 2007 Asunto: |
Cuidado! No proporciones informacion a entidades que no estan facultadas para ello, se puede tratar de un artilugio para sacar informacion confidencial de tu empresa. Re cuerda que toda solicitud de informacion debe estar debidamente fundada sin importar la entidad que te la solicite. Saludos. | |
Tópico: Depreciación de Automoviles a partir de 2007 | |
ezuniga Mensajes: 12 |
Foro: Fiscal Enviado: Enero 18, 2007 Asunto: |
Estimados: La verdad yo estoy de acuerdo con Doqu y Jancona, el articulo 37 menciona que aplicaras el porcentaje de deduccion directamente sobre el MOI, el mismo articulo define lo que es MOI. El articulo 42 fraccion II establece hasta donde lo puedes deducir. En mi apreciacion seria la primera opcion. Seria bueno que nuestros colegas que estan manejando una interpretacion contraria utilicen el texto de los articulos en comento para fundamentar su posicion. Saludos cordiales. | |
Tópico: Cuando prescriben o caducan las facultades del Infonavit???? | |
ezuniga Mensajes: 11 |
Foro: Seguridad Social Enviado: Enero 12, 2007 Asunto: |
Gracias GERMANHCASTRO, excelente aportacion. Aun asi no le impide a la autoridad molestar a los contribuyentes aun cuando sus facultades de revision hayan expirado, ocasionandoles a estos ultimos costos admvos en la recabacion de la informacion. Aunque acudiendo a juicio el contribuyente tiene 100% de probabilidades de ganar , desembolsando cantidades adicionales en honorarios. Saludos cordiales. | |
Tópico: YA NO SON VALIDAS LAS DECLARATORIAS ???? | |
ezuniga Mensajes: 6 |
Foro: Fiscal Enviado: Enero 11, 2007 Asunto: |
y es redituable BR1? | |
Tópico: NOMINA | |
ezuniga Mensajes: 7 |
Foro: Fiscal Enviado: Enero 11, 2007 Asunto: |
pseudocontador por favor. | |
Tópico: YA NO SON VALIDAS LAS DECLARATORIAS ???? | |
ezuniga Mensajes: 6 |
Foro: Fiscal Enviado: Enero 11, 2007 Asunto: |
aqui lo interesante es que el codigo fiscal de la federacion sigue marcando el plazo de la devolucion en 25 dias para contribuyentes que se dictaminan. Como va a distinguir la autoridad aquellas devoluciones entre contribuyentes dictaminados y no dictaminados. En las oficinas del SAT me estan comemntando que el plazo sera de 40 dias (que aplica para devoluciones convencionales) lo que a mi parecer es incorrecto. Vaya que va a haber muchas controversias con este tema y los plazos. Saludos. | |
Tópico: ANTICIPO DE PROVEEDORES EXTRANJEROS | |
ezuniga Mensajes: 3 |
Foro: Fiscal Enviado: Enero 11, 2007 Asunto: |
Buenas tardes: Si tu pagaste en efectico un anticipo a tus proveedores no formaria parte del ajuste anual por inflacion ya que no es una obligacion en numerario. Saludos. | |
Tópico: Devolución de $$$$ a cliente | |
ezuniga Mensajes: 29 |
Foro: Fiscal Enviado: Enero 11, 2007 Asunto: |
Tal vez ese fundamento legal estaria en el codigo penal federal, hay que buscar el concepto de lavado de dinero. Saludos. | |
Tópico: DEDUCCION DE COSTO DE VENTA CON P.F. AUNQUE NO ESTEN PAGADAS | |
ezuniga Mensajes: 21 |
Foro: Fiscal Enviado: Enero 11, 2007 Asunto: |
Alguien tiene una opinion del analisis de esta regla?? | |
Tópico: DEDUCCIONES DE PM POR COMPRA A PF | |
ezuniga Mensajes: 5 |
Foro: Fiscal Enviado: Enero 11, 2007 Asunto: |
En pasadas intervenciones hice un analisis de esta regla con un caso practico donde se demuestra que se busca la viabilidad de esta regla. Y nadien opino nada. Este topico fue tratado extensamente en esa ocasion. Saludos. |