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Tópico: Periodo preoperativo IMPAC antecente
ezuniga

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 26, 2007 Asunto:
Muy agradecido BR1.
Tópico: R3 Y R4 ALGUIEN SABE A QUE SE REFIERE EL IMSS CON ESO.
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Febrero 23, 2007 Asunto:
Cual de las Big Four sera? Deloitte, Price, Erns o KPMG? o acaso BDO, GranT Thorton? Saludos.
Tópico: DEDUCCION INMEDIATA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 23, 2007 Asunto:
Los porcentajes que estan vigentes para efectos del articulo 220 y 221 son los del decreto d acuerdo al articulo 2 de las disposiciones de vigencia anual para 2006. Saludos
Tópico: Gastos Mayores a Mis Ingresos en Persona Fisica
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 22, 2007 Asunto:
Lo que pasa es que el autor del topico manifiesta que el contribuyente tiene mas gastos que ingresos, pero despues de que el autor realizio la revision resulto lo contrario. Seria bueno que el autor confirme esto para poderle ayudar mejor. Saludos.
Tópico: coeficiente de utilidad
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 22, 2007 Asunto:
Pero eso que comentas Cermar es en el caso de que sea el segundo ejercicio fiscal. A mi me gustaria que alguien aportara el fundamento que contradiga a Vabdo. De hecho el argumento que se podria esgrimir es que tu conoces el verdadero coeficiente de utilidad aplicable a pagos provisionales del 2007 hasta que presentas la declaracion anual. Saludos.
Tópico: REUNION IMCP CON SAT
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 19, 2007 Asunto:
Buenos Dias: Excelente aportacion. Saludos y Gracias.
Tópico: Deducible aportacion al Fondo de Ahorro
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 19, 2007 Asunto:
Mem: La aportacion es de Aldo Camacho mas que un fundamento es su criterio, el cual aclaro es muy respetable. El fundamento de mi criterio sigue siento el articulo 42 RISR. ARTÍCULO 42. Las aportaciones que efectúen los contribuyentesa fondos de ahorro, en los términos de la fracción XII del artículo 31 de la Ley, serán deducibles cuando se ajusten a los plazos y requisitos siguientes: I. Que el plan establezca que el trabajador pueda retirar las aportaciones de que se trata, únicamente al término de la relación de trabajo o una vez por año. Simplemente los trabajadores no retiraron nada en 2006. Cuando menciona una vez por año equivaldria a decir una vez por ejercicio. Si aporto como patron en 2006 y se retiran hasta 2007 sera en un ejercicio no y en los siguientes si. No hay que hacer distinciones donde no las hay. El texto del reglamentop es claro.
Tópico: Deducible aportacion al Fondo de Ahorro
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 17, 2007 Asunto:
Pero en el 2006 nunca se cumple con ese requisito. Si se establece un fondo de ahorro en 2006 la regla y ley combinados me la condicionante a que los trabajadores lo retiren una vez al año. Si yo establezco el fondo y los trabajadores lo retiran en 2007 la pregunta es: Se cumple con la condicion de retirarlo una vez por año? Que se debe entender por una vez por año? Ojo: el texto dice una vez por año y no una vez al año, con esta simple diferencia se interpreta que se refiere al año de calendario. Saludos cordiales.
Tópico: DESAPARECE EXENCIÓN DE IMPAC A INGRESOS MENORES A 4,000,000
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 17, 2007 Asunto:
Buen punto CHAVALON. El estimulo fiscal puede tomar muchas formas, hasta la de facilidades de pago como la regla menciona segun anteproyecto. Es clara que la intencion del legislativo era beneficiar a los contribuyentes pero como bien lo indica CHAVALON nunca se menciona la palabra EXEnCION sino ESTIMULO. Parece que con esto el legislativo le otorgo al ejecutivo carta blanca para establecer en que consistia eso. Con esto me retracto de mi participacion anterior. Saludos.
Tópico: Deducible aportacion al Fondo de Ahorro
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 17, 2007 Asunto:
El articulo 42 RISR entre otros requisitos establece que el fondo de ahorro es deducibli si el trabajador pueda retirar las aportaciones "unicamente al termino de la relacion de trabajo o una vez por anio" Si durante 2006 no se le entrego a los trabajadores cantidad alguna del fondo de ahorro, veo dificil que sea deducible. Lo anterior en el supuesto de que el contribuyente sea PM Saludos cordiales.

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