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Tópico: duda del diot
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 30, 2007 Asunto: Re: duda del diot
de enero a junio se presenta an septiembre si lo haces mediante la declaracion informativa completa, pero si optaste por la simplificada deberas hacerlo en agosto mediante un calendario que publicó el SAT, ya lobozac hizo el favor de poner la liga, dale una buena leida.
Tópico: Manufacturera Vs Maquiladora
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 22, 2007 Asunto: Re: Manufacturera Vs Maquiladora
Espero que esta página te pueda ayudar a aclarar tus dudas. http://www.azc.uam.mx/publicaciones/gestion/num9/doc4.htm#NgeneralidadesB
Tópico: Reforma Fiscal
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 21, 2007 Asunto: Reforma Fiscal
les paso el link para que esten pendientes de los comentarios de la reforma fiscal www.reformafiscal.com.mx
Tópico: Como cancelar ser un Aval
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 20, 2007 Asunto: Como cancelar ser un Aval
Buenas tardes, Resulta que una persona saca a credito cierta mercancia valuada en $ 50,000 pesos y la esposa firma como aval, al paso de los meses se separan y el esposo ya no paga, la esposa sabe que es aval y sigue pagando las mensuallidades que se deben. Pero como cancelar ese Aval una vez pagado el credito de los $ 50,000 pesos, por que el esposo puede en cualquier momento volver a sacar más mercancia a credito y como la esposa es el Aval pues ella ya no quiere tener que pagar otro prestamo. Puede cancelar el Aval una vez pagado el credito? si es asi que necesita hacer? Gracias de antemano por sus comentarios, se que no es un tema fiscal pero agradeceré su ayuda.
Tópico: COMO HACER DEDUCIBLES LAS COMPRAS CON FONACOT?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 20, 2007 Asunto: COMO HACER DEDUCIBLES LAS COMPRAS CON FONACOT?
Buen día, Un compañero de trabajo tiene el siguiente problema. El es empleado y tiene un negocio, para remodelar su negocio sacó un credito fonacot y mediante este credito compró muebles para su negocio, cuando el pidió factura a la mublería esta solo le expidió una copia ya que el original segun ellos se queda FONACOT, el credito lo terminará de pagar casi en un año, hasta entonces lo puede deducir o como funciona esto? Gracias por sus comenatrios.
Tópico: DIOT
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 15, 2007 Asunto: Re: DIOT
Pues cuando yo las envié primero me llegó el acuse de aceptación con sello digital y a los dias me llegó el acuse de recepción, ja,ja,ja esos del SAT si que se las avientan buenas.
Tópico: IMPUESTO RECUPERADO...NO ES INGRESO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 03, 2007 Asunto: Re: IMPUESTO RECUPERADO...NO ES INGRESO
pues no hay nada que te impida que cualquier erogación que realices con ese dinero pueda ser deducible.
Tópico: IMPUESTO RECUPERADO...NO ES INGRESO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 03, 2007 Asunto: Re: IMPUESTO RECUPERADO...NO ES INGRESO
Si utilizas ese dinero para realizar una erogación o gasto esta será deducible sin ningun problema siempre y cuando cumpla con los requisitos de deducción que marca la LEY de ISR , requisitos fiscales de la factura, monto pagado si fue con cheque o efectivo, etc.
Tópico: EDIFICIO CONSTRUIDO EN TERRENO ALQUILADO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 31, 2007 Asunto: Re: EDIFICIO CONSTRUIDO EN TERRENO ALQUILADO
Al termino del contrato si aun existe un monto por deducir este lo puede hacer en el mismo ejercicio. Art. 42 Construcciones, instalaciones o mejoras permanentes en activos de terceros VI. Las construcciones, instalaciones o mejoras permanentes en activos fijos tangibles, propiedad de terceros, que de conformidad con los contratos de arrendamiento o de concesión respectivos queden a beneficio del propietario y se hayan efectuado a partir de la fecha de celebración de los contratos mencionados, se deducirán en los términos de esta Sección. Cuando la terminación del contrato ocurra sin que las inversiones deducibles hayan sido fiscalmente redimidas, el valor por redimir podrá deducirse en la declaración del ejercicio respectivo.
Tópico: Deducciones CETU
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 30, 2007 Asunto: Re: Deducciones CETU
La redacción del Art. 5 es confusa y no permite conocer con seguridad lo que es deducible, como lo son los gastos de administración.(agua,luz,tel)etc. He visto algunos cálculos que han realizado algunas compañias y este tipo de gastos los han considerado como no deducibles.

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