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Tópico: REQUERIMIENTO INFONAVIT
ByPaco

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 29, 2004 Asunto: Re: REQUERIMIENTO INFONAVIT
[quote:99c9faef90="BlancaCastro"]TIENES QUE PAGAR EL IMPORTE DEL CREDITO, YA QUE ES OBLIGACION PATRONAL, LA UNICA MANERA PARA QUE TE LIBERES ES QUE TENGAS RECIBOS DE NOMINA EN DONDE SE REFLEJE QUE NO LE DESCONTO. CUALQUIER DUDA ESCRIBEME A israelms@hotmail.com[/quote:99c9faef90] Pero si ya tenia conocimiento del descuento por medio de las emisiones bimestrales, esta obligado a retener y pagar, si no le retuvo de cualquier forma tenia que pagar, porque el patron es solidariamente responsable.
Tópico: Proporcion de Subsidio Acreditable
ByPaco

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 28, 2004 Asunto:
[quote:3e5545ceeb="CHRISLENNON"]mira para que complicarte la existencia calculando subsidios diferentes cuando no hay sustento, no hay que buscarle, tu subsidio sera al 100 te lo digo convencido porque ya tuve un casi identico y se aplico al 100%[/quote:3e5545ceeb] Tienes algún fundamento?
Tópico: formatos para dar de alta a los trabajadores en rfc
ByPaco

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 28, 2004 Asunto:
[quote:b0632a4d24="Miguel_Angel"]Demonguard: entra a la página www.....com/archivo/ ahí mismo te dice que metas el RFC del empleador después se meten los datos de trabajadores, te genera el disco y el escrito Checa lo anerior y a ver si te sirve y si está disponible esa hoja todavía....Saludos y Suerte[/quote:b0632a4d24] Si le dan click al la liga, abre la página
Tópico: Proporcion de Subsidio Acreditable
ByPaco

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 28, 2004 Asunto:
Tengo entendido que para inicio de actividades aplicas el 100% del subsidio, hasta conoces los datos para calcularlos.
Tópico: alta en el rfc a los trabajadores
ByPaco

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 28, 2004 Asunto:
Ve a Descargas de aqui de Fiscalia, busca Herramientas Fiscales, ahi hay uno que podria servirte.
Tópico: salario base de cotización
ByPaco

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 28, 2004 Asunto: Re: salario base de cotización
aclarando lo anterior debes integrar solo la diferencia del 10% del Premio vs. SBC
Tópico: salario base de cotización
ByPaco

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 28, 2004 Asunto: Re: salario base de cotización
[quote:ffe49fb148="brandon"]hola, buen dia, nuevamente yo con mas lata, en el art. 27 de ley del seguro social,fracc. VII sobre los premios de puntualidad y asistencia dice que estos no integran el salario base de cotización siempre que no rebasen del 10% del salario base de cotización. cómo es eso, si se supone que se busca que elementos integran y cuales no para determinar dicho salario, luego entonces ese 10% sobre que se debe comparar. por otro lado, quisiera saber si el factor de integracion solo varia por los dias de vacaciones o depende tambien de los dias de aguinaldo y porcentaje de prima vacacional que dan las empresas, o solo se aplican las prestaciones de ley modificandose asi por las vacaciones unicamente mil gracias[/quote:ffe49fb148] Respondiendo a tu primera pregunta, el SBC con el que lo comparas es el que tienes registrado ante el IMSS actualmente, y si tu premio rebasa el 10% de ese SBC debes eintegrarlo para el Sig. Bim. (art. 30 LSS). La segunda, ya fue contestada.
Tópico: Multa X no hacer modif Salario a peticion del IMSS
ByPaco

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 26, 2004 Asunto: Re: Multa X no hacer modif Salario a peticion del IMSS
[quote:b3cf686002="alandurazobrassea"]Estimado forista: Sobre todo puedes hacerle ver al IMSS que no todas las percepciones de los trabajadores integran Salario Base de COtización, vale la pena señalar que las invitaciones a que te refieres no tienen sustento legal alguno pues no se trata ni siquiera de una presunción a favor de la autoridad y que solamente podría determinarte capitales omitidos a través de el uso de sus facultades Discrecionales. Por otro lado vale la pena señalar que si te estan imponiendo la multa del artículo 304 de la LIMSS es una multa fija se inconstitucional seguramente conseguiras la nulidad de la multa en caso de impugnarla Sin otor en particular Alán[/quote:b3cf686002] El Reglamento del IMSS dice: Artículo 55. El Instituto aplicará de oficio las modificaciones originadas por el cambio en los salarios mínimos generales, adicionándole los porcentajes mínimos establecidos en la Ley Federal del Trabajo, correspondientes a prima vacacional y aguinaldo, para aquellos trabajadores que reciban las prestaciones mínimas y tengan un año o menos de antigüedad al servicio del patrón que lo tiene inscrito. Los patrones deberán presentar sus avisos a través de los medios autorizados por el Instituto, en aquellos casos en que los porcentajes correspondientes a los conceptos de prima vacacional y aguinaldo sean superiores a los mínimos antes señalados, cuenten con más de un año de antigüedad al servicio del patrón que lo tiene inscrito o cuando el trabajador reciba otras prestaciones que integren el salario base de cotización en los términos de la Ley.
Tópico: REQUERIMIENTO INFONAVIT
ByPaco

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 26, 2004 Asunto:
Asi es, el patron obra mal, talvez por no querer pagar RCV y el 5% de INFONAVIT, tal vez queria pagar solamente la retención del trabajador, y eso tengo entendido no se puede
Tópico: Calcular RFC y CURP
ByPaco

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 26, 2004 Asunto:
[quote:57798f1223="Alucard"]Saludos colegas...!! Hola "Geo" y si me llamo Jos´´e María...?? Esta buena la aportación "jlp" 8O :o[/quote:57798f1223]Me imagino que se quita el primer nombre si este es José o María, y se toma el Segundo Nombre sea cual sea.

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