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Tópico: COMPLEMENTARIA DE IVA
cjlopezasesoria

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 19, 2005 Asunto: Re: COMPLEMENTARIA DE IVA
de hecho el concepto tiene su similitud pero en particular atiendo de la sig manera: se acredita iva a favor de periodos anteriores. y no es que se lo copie al colega, si no que ese utilizo al parecer es el mas comun. ojo no olviden llevar los saldos remanentes en paepeles de trabajo.
Tópico: Se puede acreditar el IVA retenido en el mes???
cjlopezasesoria

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 19, 2005 Asunto: Re: Se puede acreditar el IVA retenido en el mes???
metere mi cuchara los impuestos tiene un nacimiento juridico tanto para aquellos a favor como aquellos encontra asi que; si me suspendo apartir de ese momento dejare de presentar mis p.p. y en ese año si presentare mi anual. En caso de que antes de suspenderse hubiese tenido imptos a crago habra que pagarlos independientemente de que este suspendido y en caso de que sean a favor podre solicitarlos en devolucion aun cuando este suspendido, dado que el nacimiento juridico de mi obligacion o derecho nacion antes de la suspension y por ende no me afecta ni me quita o da derechos en relacion con los que se tienen hasta antes d ela suspension. asi que si no acreditaste el iva retenido habra un momento en que lo tengas que declarar en ese momento procede su solicitud de devolucion atendiendo al flujo de efectivo en este caso particular.
Tópico: IMPUESTO AL ACTIVO PAGOS PROV 2005 ¿EXENCIÓN VIGENTE?
cjlopezasesoria

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 18, 2005 Asunto: Re: IMPUESTO AL ACTIVO PAGOS PROV 2005 ¿EXENCIÓN VIGENTE?
si en 2004 estuviste exento de impac en base a decreto, significa que en 2005 al no haber decreto pagaras impac conforme A LO QUE DEBISTE HABER PAGADO DE HABER ESTADO OBLIGADO asi que en resumen: se te exenta del pago mas no del calculo por ende por que pagaras hasta 2006? creo que esa apreciacion es incorrecta...puesto que debe pagar en 2005.
Tópico: actualizaciones
cjlopezasesoria

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 01, 2005 Asunto: Re: actualizaciones
cesar el primer colega hace referencia a que debio pagarse el dia 17 de ENERO por ende esta bien tomar el inpc de dic. ahora que si en realidad debio ser en feb entonces tu calculo esta bien....
Tópico: DEVOLUCIÓN DE IVA
cjlopezasesoria

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 01, 2005 Asunto: Re: DEVOLUCIÓN DE IVA
oye ya checaste la reforma al cff referente a devoluciones? puedes y estas en derecho de volver a meter el tramite pero si asi fuese y luego te rechazan de nuevo perderias el derecho de meter el juicio ante el tribunal federal de justicia fiscal y adtiva al pasar los 45 dias de la notificacion d ela primera rechazo.
Tópico: EFECTO QUE TIENE EL IVA EN CTAS INCOBRABLES?
cjlopezasesoria

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 01, 2005 Asunto: Re: EFECTO QUE TIENE EL IVA EN CTAS INCOBRABLES?
antes del 2002 no habia efecto de flujo de efectivo por ende cuando comprabas aunque sea acredito acreditabas el iva pues el supuesto de la situacion juridica se daba independientemente que nunca pagases la cta por pagar. Caso contrario dabas credito, pagabas el iva aunque nunca recuperases el dinero d ela cta por cobrar pero el supuesto que daba nacimiento al iva se daba, por ende era iva acreditable o causado segun el caso...... supongo que en este momento tienes ctas incobrables anteriores a 2002 que deduciras o bien las recuperaste, y te preguntas que pasa con el iva? yo desde mi opinion te respondo que nada ya que ese iva tuvo su nacimiento juridico ( el hecho) en su momento 2002 y en ese momento fue acred o causado independientemente de lo que pase con la cta por cobrar o pagar en la actualidad.
Tópico: DEVOLUCIÓN DE IVA
cjlopezasesoria

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 01, 2005 Asunto: Re: DEVOLUCIÓN DE IVA
quiere decir que solo te autorizaron 450,000? y luego no te los dan por que segun es irrisoria la cantidad? bueno en mi opinion seria mejor presentar un contensioso adtivo ante el tfjfa sobre la no devolucion es decir ala parte negada... ay que segun vo no es motivada adecuadamente la fundamentacion del rechazo....ahora eso de que esperes tantos dias al igual que lo anterior me parece infundado...podrias ser mas explicito dar fundamentos si es que te los dieron?
Tópico: Esta es la primera vez
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 01, 2005 Asunto: Re: Esta es la primera vez
mas que chat es un canal de comunicacion.............o siempre debe ser igual? y el cambio? bueno estamos en mexico!!!!
Tópico: Esta es la primera vez
cjlopezasesoria

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 01, 2005 Asunto: Re: Esta es la primera vez
se equivoca!! ud dijo que se lo dijera el caso que ud menciona es cuando el iva acreidtable del mes es igual al causado del mes.... el caso de este topico es iva acreditable del mes menor al causado del mes por ende hay iva a cargo pero como traemos saldo a favor de iva de meses anteriores acreditamos el saldo a favor vs iva a cargo del mes dando resultado cero, y el concepto sera otros se aplico saldo a favor ejerc anteriores u otro concepto acorde....cabe resaltar que si aun hay un remanente de ese saldo a favor aplicado habra que llevar su control en papeles de trabajo....para utilizar dicho remanente cuando fuese necesario.
Tópico: Esta es la primera vez
cjlopezasesoria

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 01, 2005 Asunto: Re: Esta es la primera vez
jajajaja descuida br1 no eres el unico alejandro jajajajajaja ......al contrario lobozac fiscalia esta agradecido, pero no entiendo por que ni siquiera una compilacion fiscal nos manda jajajajaja

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