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Tópico: variables, salario devengado o pagado
cjlopezasesoria

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 23, 2022 11:24:24 Asunto: variables, salario devengado o pagado
Buen día, me pueden ayudar con una pregunta quizás para muchos de ustedes obvia. Para calcular el SDI en su parte variable tomamos el salario percibido entre días devengados, en base al art. 30 LSS. En este tenor, sacaríamos un reporte de nominas pagadas (no salario devengado del 01 del mes al ultimo día del bimestre) del bimestre para obtener las percepciones variables y se dividirían entre los días devengados del bimestre. es correcto? saludos
Tópico: En las remesas a proveedores, ni se expide CFDI ni se causa IVA y no es anticipo
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 12, 2022 11:43:49 Asunto: Re: En las remesas a proveedores, ni se expide CFDI ni se causa IVA y no es anticipo
Buen día interesante, en este tenor, comento entre líneas: En cuanto al proveedor, coincido con que no es aun causante del impuesto, pues no hay aun contraprestación pactada que pueda considerarse efectivamente pagada. [color=red]Coincido[/color] En mi opinión, a la remesa le daría la figura de préstamo, para que pueda haber una deuda reconocida que sea compensable contra el precio que deba de pagarse posteriormente. [color=red]Cuando comentas que se configura préstamo te refieres a que ello implicaría incluso cobrar interés? [/color] Para el proveedor, considero que se causará el IVA al momento de darse la extinción de la obligación mediante compensación, conforme ART. 1-B de LIVA. [color=red]Coincido[/color] Para el adquiriente, habrá deducción más no IVA acreditable, pues el IVA no ha sido efectivamente pagado, conforme a Art. 5, fracción III de LIVA, y la compensación no se considera pago, sino una forma de extinción de la obligación, el CCF los distingue, además hay jurisprudencia reciente que confirma este criterio, la PC.XVI.A. J/4 A (11a.), publicada el 12 de agosto de 2022. [color=red]Que ironía cierto? el iva se causa pero no se puede acreditar. Entiendo que en ese sentido va el criterio de los tribunales violando la simetría fiscal. [/color] Por lo que tal vez el IVA deba de pagarse por separado en el mes correspondiente.[color=red] Entonces puede darse el caso de remesas sin considerar el IVA, al recibir la mercancía y efectuar la compensación pagar solo el IVA y el resto que se aplique compensación conforme a código civil.[/color] [color=red]Estaría interesante ver el caso en la práctica, quizás sea una opción para empresas que deben entregar remesas previas proveedores por cuestiones operativas (si no lo financio le vende a la competencia.[/color] Saludos!
Tópico: En las remesas a proveedores, ni se expide CFDI ni se causa IVA y no es anticipo
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 09, 2022 17:48:42 Asunto: En las remesas a proveedores, ni se expide CFDI ni se causa IVA y no es anticipo
Buenas tardes En las remesas a proveedores, ni se expide CFDI ni se causa IVA. Esto por que no se configura una enajenación si no que se trata de un envío de dinero al proveedor para que pueda a su vez, conforme a la conveniencia de nuestras razones de negocio y operación de nuestras empresas, adquirir su materia prima misma que me enajenará en su momento a mi empresa con las especificaciones convenidas. No se trata de anticipo por que no conozco el precio, menos la fecha en que me proporcionará los bienes. SUJETO PM OBJETO Bienes que sé se adquirirán BASE No se conoce el precio, monto, cantidad de los bienes TASA 16% Ahora bien, aun cuando hay un flujo este no puede considerarse un efecto fiscal IVA, primero por lo antes mencionado y segundo tampoco como anticipo por que ignoro precio, cantidades, fechas de entrega etc. Se que me enajenará mi proveedor pero desconozco cantidad, precio, fechas. Que opinan de mi afirmación? Ahora suponiendo que es así, luego recibiré el bien y el cfdi de ese bien, pero no habrá flujo (se descontará de la remesa) en ese momento se causaría el impuesto? el interés del acreedor queda satisfecho. Saludos
Tópico: Anticipos remanente 2022 sc resico
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 10, 2022 19:28:24 Asunto: Anticipos remanente 2022 sc resico
Buenas tardes amigos, me tope con este articulo muy interesante https://contadormx.com/2022/06/02/deducciones-de-una-sociedad-civil-resico/#:~:text=Uno%20de%20los%20principales%20beneficios,reciban%20los%20de%20sociedades%20y vale la pena su lectura, amen de que el sat tiene una postura muy clara NO SON DEDUCIBLES los anticipos a remanentes en SC Resico. Este articulo me dio a pensar en un sueño guajiro, ahí les va: Supongamos que la SC Resico en 2022 al no poder deducir los anticipos a remanentes, opta por no pagarlos, claro esta, y en su lugar, el socio PF le factura servicios a la SC? Ya sea de forma directa o indirecta a través de una PM Gral en la que también es socio. Que opinan? Saludos
Tópico: Factura pagada vía deposito en cuenta de otro contribuyente
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 12, 2022 14:24:41 Asunto: Factura pagada vía deposito en cuenta de otro contribuyente
A mi proveedor le congelan las cuentas, me pide le deposite en otra cuenta de otra de sus empresas. el 27 LISR dice que para que sea deducible si es mayor de 2k debe pagarse con transferencia, mas no dice que a la cuenta del contribuyente que expide la factura, lógico es que le debo pagar a quien le debo, me entrega una carta donde manifiesta que el interés quedó satisfecho. Es deducible? y el IVA acreditable? que opinan? Saludos
Tópico: cedular Gto
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 16, 2021 18:11:38 Asunto: cedular Gto
Buenas tardes Espero puedan darme su opinión: Impuesto cedula 1 arrendamiento y 2 honorarios 1. PM paga arrendamiento de local en guanajuato (se abrió una sucursal) nos solicitan retener el cedular y enterarlo. 2. Pagamos honorarios a personas fisicas: 2.1. Pagamos antes de abrir la sucursal, no teniamos ningun domicilio allá. Nos piden retener el cedular. 2.2. Pagamos despúes de abrir la sucursal. Nos piden retener el cedular. Leyendo los art. de la sección II Y III de la Ley de Haciendo del Estado de Guanajuato vemos que los residentes en el estado (PM en nuestro caso) están obligados a efectuar la retención del cedular. Quienes son los 'Residentes en el estado'? Art. 13 Fracc II Codigo Fiscal del Estado. [i]Las personas morales que hayan establecido su domicilio o la administración principal del negocio o su sede de dirección efectiva en territorio estatal, entendiéndose por esta última el lugar en donde se toman o ejecutan las decisiones de control, dirección, operación o administración de la persona moral y de las actividades que ella realiza.[/i] En base a lo anterior: Una PM que tiene 1 domicilio fuera del estado, así como 2 la que solo tiene sucursales (mas no su domicilio o admon principal) no estarían obligadas a reneter, correcto? Saludos
Tópico: USO DE CSD y CLAVES
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 10, 2021 14:41:20 Asunto: Re: USO DE CSD y CLAVES
Gracias todos. En efecto son de uso exclusivo para con SAT, pero el cliente implementó en su procedimiento el que el proveedor proporcione información previa identificación con estas herramientas. Definitivamente hay mucho riesgo en ello para el proveedor.
Tópico: USO DE CSD y CLAVES
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 08, 2021 13:51:50 Asunto: USO DE CSD y CLAVES
Buen día estimados Una empresa le solicita a su proveedor que se dé de alta en su sitio online, en dicho sitio se requiere cierta informacion (sus generales) cosa normal, lo que llama la atención es que requiere el CSD la clave privada. Que opinan al respecto? Saludos y gracias de antemano
Tópico: Alta de obligación SAT
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 04, 2021 19:41:18 Asunto: Re: Alta de obligación SAT
Buenas tardes Supuestamente el SAT dio la obligación cuando entró en vigor el IEPS de calóricos, la empresa no presentó ninguna declaración con este impuestos antes de tener activa la obligación si no hasta que notaron que tenían la obligación. Es decir, la obligacion apareció sin presentar antes una declaración o aviso. Otra de las empresas del mismo grupo le pasó igual pero con la diferencia que no presentó ninguna declaración posterior y desaparecio la obligación. En resúmen creo que deberá presnetar en ceros las informativas trimestrales y dar de baja la obligación. Saludos
Tópico: Alta de obligación SAT
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 03, 2021 17:22:15 Asunto: Alta de obligación SAT
Buenas tardes Tengo un caso de una persona moral que nunca dio de alta la obligación de IEPS caloricos, sin embargo el SAT se la activo. Quien presentaba las declaraciones vio que estaba la obligacion y presentó en ceros por dos años. Cabe mencionar que no ha presentado ningún tipo de informativa de las que debe presentar quien realiza actos gravados ieps. Que opinan? debe solicitar la baja de la obligación y presentar las informativas en ceros hasta la fecha de la baja, o solicitar la baja con fecha retroactiva? Saludos

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