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Tópico: CREO QUE DEBEMOS ACERCARNOS A LA ABOGACIA.
cjlopezasesoria

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 22, 2006 Asunto: Re: CREO QUE DEBEMOS ACERCARNOS A LA ABOGACIA.
sabemos la razon o creemos entenderla....la corte ha empezado a tener criterio mas liberal olvidandose de los elementos escenciales que esta pasando?antepone intereses de mexico en base a ilegalidades?
Tópico: IVA AL 15%
cjlopezasesoria

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 21, 2006 Asunto: Re: IVA AL 15%
eres residente en region fronteriza? R=no, 15% R=si, 10%. ver art. art 9 cff y liva 1 y 2 liva y rmf 5.1.5. sobre todo 5.1.6. yyyyy checalos.
Tópico: ACREDITAMIENTO DE IVA A FAVOR
cjlopezasesoria

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 21, 2006 Asunto: Re: ACREDITAMIENTO DE IVA A FAVOR
si bien es cierto que el 23 del CFF permite compensar salds a favor vs impto a cargo, sin especificar cuales, el sat argumenta que IVA vs IVA no es suceptible de compensación por que se da el acreditamieto (art 6 liva), y para que nos complicamos?. Entremes. La compensación se da cuando se reune el caracter de deudor y acreedor a la vez, asi que debiese aplicar (CCF). Ahor continuando y atendiendo a la pregunta, el criterio 97/2004/IVA parece decir que si puedes compensar IVA vs IVA pero solo en el supuesto que menciona el colega del topico, esto quiere decir que no se puede efectuar el acreditamiento en forma reversiva?. cabe señalar que el 6 de liva dice... llevar a cabo su compensación contra otros impuestos de acuerdo al 23 cff (el hecho que diga...contra otros me limita a no compensar IVA vs IVA, pero si permite el acreditamiento para que me empeño en complicarla jeje, pero por que no en forma reversiva?). como ven, se puede comepensar IVA vs IVA en el supuesto del topico? Parece que si, pero por que no aplicar acreditamiento reversivo?. otra vez con lo mismo jeje.
Tópico: CREO QUE DEBEMOS ACERCARNOS A LA ABOGACIA.
cjlopezasesoria

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 21, 2006 Asunto: CREO QUE DEBEMOS ACERCARNOS A LA ABOGACIA.
De nuevo hay material para vender productos, no deudas en IMPAC = Amparos. Enhorabuena abogados.
Tópico: DEDUCCION DE DEPRECIACION
cjlopezasesoria

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 21, 2006 Asunto: Re: DEDUCCION DE DEPRECIACION
art37 LISR-
Tópico: impac por recuperar!!!!
cjlopezasesoria

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 21, 2006 Asunto: Re: impac por recuperar!!!!
pero no recuperas todo, solo diferencia entre isr e impac cuando el primero es mayor, ya que si fuese recuperar todo el impac pagado en los 10 ejerc anteriores aun cuando el isr fue mayor que el impac por un peso por ejemplo, estariamos ante el supuesto de que no pagarias impuesto, idea erronea de muchos. No habrá deducción de deudas pero si amparos puedes amparate si se da el caso. hay otras opciones antes de la venta buscale.
Tópico: IVA EN ARRENDAMIENTO DE CASA HABITACION A P.M.
cjlopezasesoria

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 21, 2006 Asunto: Re: IVA EN ARRENDAMIENTO DE CASA HABITACION A P.M.
antes me gustaria saber si ya consideraste que para que ese gastos sea deducible debes cumplir con el art. 32 XIII LISR y el 52 del RISR. cumples?
Tópico: IMPAC Núm de meses en enajenación de activos
cjlopezasesoria

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 19, 2006 Asunto: Re: IMPAC Núm de meses en enajenación de activos
art. 12 cff mes cuando no se especifique que sea de calendario....
Tópico: Check list de estrategias fiscales
cjlopezasesoria

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 19, 2006 Asunto: Re: Check list de estrategias fiscales
y se debe aplicar en diciembre? o que pasa en ese mes....?
Tópico: DEDUCCION INMEDIATA DE INVERSIONES
cjlopezasesoria

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 19, 2006 Asunto: Re: DEDUCCION INMEDIATA DE INVERSIONES
art.220 antepenultimo parrafo lisr.

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