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Tópico: INPC Ilegal, su alcance...
cjlopezasesoria

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 08, 2004 Asunto: Re: INPC Ilegal, su alcance...
mi estimado cheque, podrias sugerirme algunas de tus tecnicas de interpretacion utilizadas para la debida compresion de los impuestos??..... y de las mujeres........pues esas las aprendo solo...jeje :evil: gracias un saludo....
Tópico: envio 2 veces estadistica por error
cjlopezasesoria

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 08, 2004 Asunto: Re: envio 2 veces estadistica por error
desde mi punto de vista, aplicando lo conducente al art. 32 cff la segunda que presentaste se considera como complementaria dejando sin efectos la primera, y no le veo problema......
Tópico: MULTA SIN REQUERIMIENTO
cjlopezasesoria

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 07, 2004 Asunto: Re: MULTA SIN REQUERIMIENTO
lo viable es presentar el recurso adtivo.....pues no se apego al estricto seguimiento de la ley la notificacion respectiva...
Tópico: Cheques no cobrados P.F. 2003
cjlopezasesoria

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 07, 2004 Asunto: Re: Cheques no cobrados P.F. 2003
en mi humilde opinion, lo que se esta pagando son gastos, que por cuestiones del art. 31 fracc IX son no deducibles en forma temporal, esto es, el manejo de dichos saldo por este concepto pueden llevarse en una cuenta de gastos, por ejemplo gastos no deducibles temporales, y efectuar la debida deduccion en el momento de su cobro...Respecto al comentario de la colega, el manejo puede ser variado desde el punto de vista de cada persona, pero difiero en cuanto a la complementaria por los motivos que ella misma expuso, ya que el hecho de manejarlos como no deducibles no quiere decir qu le afecte el calculo anual por ejemplo. 500 ingresos 335 egresos totales (incluye 35 no ded.temporal no se cobro cheque) 35 no deduc. temporales -------- 200 resultado a aplicar 10 lisr segun la colega 500 ingresos 300 egresos deducibles al 100% ----- 200 resultado deud. div. 35 bancos 35 cual es la diferencia....????
Tópico: TERRORISMO FISCAL
cjlopezasesoria

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 07, 2004 Asunto: Re: TERRORISMO FISCAL
Cada vez mas nos estamos desviando delcamino correcto creo yo, puede ser entendible hasta cierto punto que el sat se razque con sus propias manos, pero en este tema hay que mirar de nuevo hacia el congreso, que estan haciendo nuestro legisladores en materia impositiva? por que no existe una verdadera reforma fiscal? por que nuestro legisladores prefieren un reality show? hay que alzar la voz hacia los que pueden y tienen en sus manos el futuro de esta gran nacion. El sat quizas en su afan de captar a los evasores ( que hay 60 de cada 100) p.d. eso creo, quiera agarrar parejo, pero ese no es el procedimiento adecuado, miremos al congreso, y gritemos una vez mas................
Tópico: PRESENTACION IVA
cjlopezasesoria

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 05, 2004 Asunto: Re: PRESENTACION IVA
parece que todavia no nos identificamos mucho con el concepto DEFINITIVO.... La periocidad de pago del iva es mensual y es definitiva esto es, los resultados no deben acumularse entre si con otros periodos, entiendase meses.....esto es, retomando el ejemplo del topico: ENERO 100 a favor FEBRERO 80 a cargo a los cuales les aplico saldo a favor de ejercicios anteriores, quedando a pagar CERO, y un REMANENTE de saldo a favor de 20 para aplicar en periodos futuros, esto se maneja en papeles de trabajo. Por lo tanto: 1 no procede el reflejar 20 a favor en el banco por que no estarias respetando la carecteristica de los pagos de iva que es que son DEFINITIVOS Y NO ACUMULABLES..... 2 no procede manejar cero en banco, por que enbanco solo presentaras saldo a FAVOR del MESSSSSS, Y SALDOS A CARGO.... 3 Se presenta la estadistica en sat...........Y el remanente debe llevarse en papeles de trabajo..... saludos............. pd los fundamentos busquenlos en los topicos anteriores, se ha hablado se este tema hasta el cansacion por colegas del foro estudiosos en la materia. Sin embargo cada quien tiene su criterio y es respetado.
Tópico: Nuevamente tablas de cálculo de impuesto mensual
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 29, 2004 Asunto: Re: Nuevamente tablas de cálculo de impuesto mensual
es cero multiplica imto marginal por cero entonces tu subsidio es cero mas la cuota fija de ese rango...
Tópico: una opinion problema laboral...
cjlopezasesoria

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Mayo 26, 2004 Asunto: una opinion problema laboral...
buen dia espero me den su opinion al respecto: Una persona que se desarrolla en el puesto de secretaria ejecutiva de alguna manera ha sido hostigada para deje el puesto, esta es la historia: Fue contratada por la persona encargada del area adtiva. la cual se encuentra incapacitada pos-parto, en su lugar entra una pariente de ella(prima) la cual le trata de hacer la vida imposible en el trabajo a la secretaria, con el fin de que renuncie y tener la vacante para contratar a una amiga de esta persona(de hecho segun la secretaria esta persona no deja de hablar todos los dias para ver si ya esta vacante el puesto), la mencionada jefa ocupa ahora jeraquicamente el puesto adtivo(cabe mencionar que no es la gerente gral de la oficina, pero si es la jefa inmediata de la secretaria), como estrategia el gerente ni se mete por que asi segun ellos no habra despido por parte del representante del patron si no por un jefe inmediato de la secretaria, esta persona se me acerco para solicitarme asesoria a lo cual le he comentado que no es mi area razon por la cual les planteo la situacion para tratar de ayudar a esta persona......... Como adicion les pregunto: - si esta persona opta por renunciar entendemos que solo tendra derecho a lo estipulado por lay verdad? - si la despide su jefa inmediata no procede el despido verdad? debe ser el gerente o rep. del patron? - si es despedida injustamente, tiene derecho a tres meses de salario, indemnizacion por 20 dias por cada año laborado, y las que a derecho le correspondan, pero mi duda es, puede adicionar en la demanda ante la junta de conc. y arbitraje el concepto del art. 51 fracc II ...malos tratos u analogos con el fin de solicitar una indemnizacion adicional alas mencionadas por la causa mencionada en dicho articulo? saludos y gracias
Tópico: Aumento de Foristas
cjlopezasesoria

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 25, 2004 Asunto: Re: Aumento de Foristas
Ya ves mi estimado, poco a poco esto ha ido creciendo, lo unico malo es que durante las hrs pico se pone lentisimo, por tanto usuario....saludos.....
Tópico: COMPROBANTES SIMPLIFICADOS; ES UNA OBLIGACION ?
cjlopezasesoria

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 25, 2004 Asunto: Re: COMPROBANTES SIMPLIFICADOS; ES UNA OBLIGACION ?
AL PARACER ERES PERSONA FISICA, AL EXPEDIR FACTURAS NO PUEDES TRIBUTAR EN REPECO, POR ENDE ERES INTERMEDIO O EMPRESARIAL VERDAD? LA OBLIGACION DE EXPEDIR COMPROBANTE SIMPLIFICADO BASICAMENTE RECAE EN LOS REPECOS SEGUN EL ART. 139 LISR. SI TE PIDEN FACTURAS PUES EXPIDES FACTURAS, EN CASO DE NO SER ASI EXPIDES COMPROBANTES SIMPLIFICADOS Y AL FIN DEL DIA ELABORAS UNA FACT. REQ(29-A CFF) POR LOS COMPROBANTES SIMPLIFICADOS QUE EXPEDISTE DURANTE DICHO DIA...

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