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Tópico: ST-7 SE SUGIERE NO LLENARLO
jleeglz

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 15, 2010 18:55:03 Asunto: Re: ST-7 SE SUGIERE NO LLENARLO
Vaya interesante los comentarios, como siempre dijo nos vamos retroalimentando de todos los comentarios. Aqui en mi trabajo actual Establo que esta en el municipio Gomez Palacio (Durango) los pocos años que tengo trabajando en el area de Rec. Humanos y Nominas, he visto de todo con los trabajadores con respecto a los riesgo de trabajo, aqui por lo general se les manda al seguro social, la unica politica para que sea aceptado como Riesgo de Trabajo es que el Trabajador accidentado haya dado aviso a un jefe de area o en su caso a vigilancia, para dejar evidencia de que realmente fue aqui en el trabajo, cuando no es asi, ni un jefe de area o en vigilancia tomaron nota de lo sucedido, se le expresa en la hoja en las observaciones y en donde dice quien tomo conocimiento ahi le ponemos [b]'Que nadie de la empresa tuvo conocimiento del accidente'[/b], lo mismo en las observaciones y en los hechos de como pasaron las cosas se le pone la leyenda : [b]'Dice el trabajador: que al estar etc etc etc...'[/b] Y en esto que les comento el seguro los califica como no de trabajo, ya tambien nos ha tocado trabajadores que supuestamente se lastimaron en viernes y hasta el lunes fueron a consulta... y caen en contradicciones el doctor no les cree, ademas un compañero de oficina, antes de entrara laborara en la empresa, el se cayo y el medico no le creia que el se habia lastimado en la empresa, ya que el golpe fue en la rodilla, y varias veces le hacia la misma pregunta.... donde se habia golpeado... creyendo que fue en juego de futbol... NO se que opinen los demas, nada mas una vez no mandamos la hoja al seguro y no paso nada, obviamente al trabajador se le atendio con particular y ya no fue al seguro, y no paso nada, eso fue ya como 2 años, pero siempre mandamos las hojas al seguro, siempre con la politica que arriba les mencione, siempre y cuando el jefe de area haya tenido conocimiento y a veces haya sido testigo. En su caso firma el jefe de area y luego ya me firma el representante legal, si no va la firma del jefe de area o a veces no quiere firmar le ponemos la leyenda arriba mencionada, para cumplir con el requisito de llenar la ST-7 antes(ST-1)... También nos ha tocado de que se les lleva a la cruz roja por emergencia ya se le especifica que fue atendido en la cruz roja como primera atención medica o en clinica particular si fue atendido por la aseguradora en caso de los choferes. Se aprende en eso y creo que cada dia hay muchos casos diferentes... Si ha aumentado 1% y tambien ha bajado 1% Saludos a todos...
Tópico: Constancia de aportaciones IMSS
jleeglz

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 14, 2010 11:05:30 Asunto: Re: Constancia de aportaciones IMSS
Vaya vaya, deberas como se dice cada dia se aprende algo nuevo, esto de las constancias, como algunos comentan es una carga administrativa más. Creo en mi opinion aquellos Colegas que tienen la oportunidad de asistir a las juntas en los Colegios de Contadores en la conocida CROSS (Comisión Regional de Organismo de Seguro Social) en donde representantes a nivel local, estatal y nacional hacen sus demandas con respecto a los criterios a tomar en relación a la Ley del Seguro Social, es donde creo yo [u][b]FALTA MAS FUERZA[/b][/u] para que el seguro mismo junto con estos sindicos representantes de las empresas y/o colegios de contadores se llegue a un criterio, no nomás en esto en muchas otras cosas de las cuales cada subdelegación tiene un criterio, si han observado cada año el IMCP manda un comunicado sobre los criterios de presentar el Dictamen para efectos del Seguro Social. Por ejemplo de como seria esta Constancia misma y a la vez hacer presión modifique este articulo y en vez de que sea bimestral se haga anual como la constancia de Sueldos y Salarios. Como luego dicen los gastos de papeleria, se iria haciendo elaborando poco a poco; o en el mismo SUA se implemente un parche, en donde incluya el tipo de formato que acumule los pagos hechos a las aportaciones de los trabajadores, ya con el criterio que tomen los Sindicos con los representantes del Seguro Social. En lo fiscal hasta resolución miscelanea hay, criterios normativos, entre otras cosas, como dicen hay mas presión en lo FISCAL que en lo que es la parte APORTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL. No se que opinen los demás. Saludos a todos.
Tópico: Liquidacion de un trabajador por comisiones
jleeglz

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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Julio 13, 2010 13:03:19 Asunto: Re: Liquidacion de un trabajador por comisiones
Ahora si como luego dicen, si hay un tratamiento, mas no recuerdo el articulo, los fundamentos es de acuerdo a la LFT pero se paga sobre el ultimo sueldo base mas prestaciones. Ejemplo sencillo Sueldo Normal Diario ****$100.00 x factor 1.0452 (Nota: factor es de acuerdo a su antiguedad) Salario Diario Integrado *$104.52 Comisiones************** $100.00 ( 6,000.00 comisiones bimestre anterior /60 dias) Total********************** $204.52 <- este sueldo base se calcularia su finiquito [i]Editado: Julio 13, 2010 13:04:25[/i] [i]Editado: Julio 13, 2010 13:05:52[/i]
Tópico: Liquidacion de un trabajador por comisiones
jleeglz

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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Julio 13, 2010 12:44:53 Asunto: Re: Liquidacion de un trabajador por comisiones
Hola a todos. [quote]Un trabajador al cual van a liquidar tiene su sueldo base, y por fuera su patron dependiendo sus ventas le daba dinero. El calculo se hizo sobre el salario base, pero la duda es como podria calcularle para una liquidacion esas 'comisiones' ????? [/quote] Esas comisiones que mencionas se enteraban ante las autoridades (SAT/IMSS/INFONAVIT), hubo alguna modificación al sobre su sueldo ante el Seguro Social, en su recibo (Semanal/Decenal/Catorcenal/Quincenal) se enteraban esas mismas comisiones. O son asi como dices 'por fuera su patron', si es asi pues esta el detalle como dijo Cantinflas... Haber que opinan los demas foristas....
Tópico: PENSION
jleeglz

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Julio 13, 2010 10:23:03 Asunto: Re: PENSION
Hola a todos, estoy de acuerdo con la opinion personal del Lic. Pepe Soto, Pero también hay que tomar en cuenta en caso de que esta persona fuera un trabajdor normal por lo que comenta: [quote] ÉL SE HA ESTADO REGISTRADO ANTE EL IMSS, EN DIFERENTES PERIODOS, SIENDO EL ULTIMO, EN EL AÑO 1986 Y ACTUALMENTE NO ESTA DADO DE ALTA.[/quote] OJO: Articulo 150 LSS, habla sobre la conservación de derecho, tengo una duda, que opinan los demas, en la fracción III del articulo en mención dice: ' Si el reingreso ocurre despues de seis años de interrupción, las cotizaciones anteriormente cubiertas se le acreditarán al reunir cincuenta y dos semanas reconocidas en su nuevo aseguramiento;y' La pregunta es ¿despues de 24 años que pasa? Saludos a todos.
Tópico: PENSION ALIMENTICIA
jleeglz

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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Julio 13, 2010 10:08:46 Asunto: Re: PENSION ALIMENTICIA
Hola a todos, Buen Dia, Agradezco a todos sus aportaciones y comentarios, es cierto y atinadamente lo que comenta el queridisimo Lic. Pepe Soto, me desahoge en parte. Es bueno este tipo de foros, nos retroalimentamos mutuamente y aprendemos de los demas sobre sus puntos de vista y opiniones. Vivimos en un pais pobre en educación, cultura y civismo, de este último los valores que se perdieron, en la actualidad los niños y adolescentes ya no respetan a sus mayores, a sus compañeros, sus jefes de trabajo, sus maestros, a sus propios padres, esa educación que se ve en las peliculas de la epoca de oro se perdio. Creo que ahi es donde esta la clave. See you later, friends.
Tópico: PENSION ALIMENTICIA
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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Julio 09, 2010 13:02:14 Asunto: Re: PENSION ALIMENTICIA
Y lo anterior no meter a las empresas que no tenien nada que ver con problemas ajenos, como dijo la culpa no la tienen los hijos si no la falta de madurez de sus padres, que en vez de ser unas personas conciente de los hechos, se hechan la bolita como si los hijos fueran objetos. Y sobre el caso que les comente anterioridad, que la jovencita no se caso por el civil se junto solamente y tiene un bebe, y en este mes cumplia la mayoria de edad, lo unico que le comente al trabajador es que tiene que traer un papel donde el juez de lo familiar me dija lo contrario de no retenerle, en lo personal no he visto algo asi. No se que opinen los especialista en la materia. Cuando empieza la responsabilidad de los hijos a ser ellos responsables de sus actos. Independientemente de lo anterior la parte moral de los padres creo yo nunca acaba. Saludos a todos.
Tópico: PENSION ALIMENTICIA
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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Julio 09, 2010 12:53:37 Asunto: Re: PENSION ALIMENTICIA
Hola a todos los foristas. Si bien retomando el tema de las pensiones alimenticias o manutención, desde mi punto de vista, es algo que en la actualidad estando en el siglo XXI se debería de manejar con una responsabilidad compartida tanto de la madre como del padre, la alimentación, vestido, educación y techo, este último dependerá donde crezca el niño/a. Por ahí me platicaron que hay empresas que tienen la política muy estricta con respecto a este tema, cuando llega una demanda por pensión alimenticia por un juez de lo familiar, la empresa en esos momento da de baja en automático al trabajador. A lo anterior se debe a que el trabajador se le contrato por que es una padre de familia responsable al momento de que llega una demanda pues deja de ser una padre de familia responsable. Ahora bien tomando en cuenta lo anterior y siendo más realistas en esto, estos tipos de demandas las considero de una forma tipo de [u]vecindad[/u]. [b]No lo dijo por el hecho de que se deje proteger al niño/a que a final de cuenta es el más afectado en estos casos.[/b] Porque de [u]vecindad[/u], al momento de que a la empresa le llega una demanda por juez de lo familiar y la empresa empieza a realizar los tramites de retención en relación a la notificación recibida, al menos lo que hace la empresa es solicitar la accesoria con sus respectivo despacho abogados o departamento de jurídico sobre la forma correcta de retención de dicho concepto. Y luego viene los dimes y diretes y se enojan con la persona encargada de elaborar la nómina, empieza a retenerle al trabajador este mismo dice que no es justo, por que le retienen ya que no lo dejan ver a su hijo/a o sus hijos, la demandada empieza con que es muy poco que el gana más, que es un irresponsable que no visita a sus hijos, es el cuento de nunca acabar. Al menos creo yo que el más afectado de todo esto y luego se lo refieren en su cara es el hijo/a o los hijos, que ni culpa tienen de los errores de sus padres. Creo que es ahí donde los juzgados de lo familiar deberían de llevar estos casos con una vigilancia más estricta y ellos mismos depende vigilar que el niño/a o los niños reciban la atención que merecen durante su desarrollo hasta que sea una persona madura y responsable para el seguir adelante solo. Ellos mismo (juzgado de lo familiar) deben de entregar a la parte demandante la pensión alimenticia y indicarle al demandado (el trabajador) donde debe depositar la parte de la pensión. Esta es mi humilde opinion y punto de vista.
Tópico: PENSION ALIMENTICIA
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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Junio 07, 2010 10:49:08 Asunto: Re: PENSION ALIMENTICIA
[b]Agradezco los comentarios del Lic. Pepe Soto y Enrique.[/b] No he podido ver al trabajador, como es operador de tractor quinta rueda, sale seguido, para poder hacer el comentario, ya tambien lo vi con el departamento juridico de la empresa y hasta que no me traigan la cancelación por parte del juez de familiar de dicha pensión hasta entonces seguire reteniendo.... Si bien esto sobre las pensiones y mas sobre los hijos es una responsabilidad de ambos y no de uno, obviamente no estamos hablando de estar a favor de uno o de otro. Por si es mujer o por si es hombre, si no simplemente porque alguien debe tomar la batuta y sacar adelante a esa persona para hacer una mujer o un hombre de bien ante esta sociedad. Mas que algo economico es darles armas para que puedan salir adelante ellos mismos, como padres creo yo, no somos eternos y nunca vamos a estar para poderles sacar de sus problemas o conflictos, si no enseñarles a ser responsbles y sobre salir, sobre llevar las cosas de la vidad misma tanto al hombre como mujer, que enfrenten las cosas con madurez y responsabilidad, para que sepan valerse por si mismos, eso se le llama [b]emancipación[/b]. Sobre el caso les comentare como termino este caso en particular... y si alguien del foro tiene un caso parecido.. le de seguimiento a este mismo. Saludos a todos.
Tópico: PENSION ALIMENTICIA
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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Junio 01, 2010 10:20:02 Asunto: Re: PENSION ALIMENTICIA
Saludos a todos. Retomando el tema de las pensiones alimenticias, tengo el siguiente caso el cual estado buscando los fundamentos si algún abogado sabe del tema nos oriente: Caso es el siguiente: Pensión Alimenticia dentro de poco la joven (que ya no es niña) va a cumplir los 18 años y por comentarios de su Padre al que se le retiene la pensión comenta ya no esta Estudiando, además (no me consta por que no tengo una constancia) se caso. ¿Que procede? Agradeceria mucho...

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